VeriFactu
- Qué regula
- Cómo se comporta tu software al generar el registro de cada factura
- Ámbito
- Todas las facturas, también en papel
- Formato
- Registro con huella y QR; la factura puede seguir en papel
- Fecha
- 1 ene 2027 / 1 jul 2027
- Certeza
- Vigente
VeriFactu, la factura electrónica entre empresas, ViDA y TicketBAI se mezclan constantemente. Aquí está cada una separada, con su fecha real y su fuente, y con el dato que casi nadie dice: a día de hoy no todo tiene fecha cierta.
Lo que ya es obligatorio y con fecha cierta es VeriFactu: los sistemas de facturación deben cumplir el reglamento a partir del 1 de enero de 2027 (sociedades) y del 1 de julio de 2027 (el resto).
La factura electrónica obligatoria entre empresas (B2B), en cambio, todavía no tiene fecha cierta. Su reglamento está aprobado (Real Decreto 238/2026), pero los plazos no arrancan hasta que se publique una orden ministerial que a sigue en proyecto. Las fechas que verás por ahí —octubre de 2027 y octubre de 2028— son una previsión, no una obligación en vigor.
Cada fila indica si la fecha es firme, si depende de un trámite pendiente o si es un hito europeo aún por transponer. Es la distinción que evita tomar decisiones sobre plazos que todavía pueden moverse.
Alta obligatoria en el SII.
Los Estados miembros pueden imponer la factura electrónica nacional sin pedir autorización al Consejo de la UE.
Última fase de BATUZ (TicketBAI + libro registro LROE).
Entra en vigor el marco jurídico de la factura electrónica B2B (aún sin obligaciones exigibles).
Orden ministerial de la solución pública de facturación. Es la que arranca el reloj de todos los plazos B2B. A 31 de julio de 2026 sigue en proyecto.
VeriFactu exigible: los sistemas de facturación deben cumplir el reglamento.
VeriFactu exigible.
Factura electrónica B2B obligatoria (más comunicación de estados y copia al repositorio de la AEAT). 12 meses desde la orden ministerial.
Plataformas digitales como «proveedor presunto» del IVA y registro único de IVA en la UE.
Factura electrónica B2B obligatoria. 24 meses desde la orden ministerial.
La factura electrónica estructurada pasa a ser la regla en la UE y nace el reporte digital (DRR) de las operaciones intracomunitarias, que sustituye a los estados recapitulativos (modelo 349).
Los sistemas nacionales de reporte casi en tiempo real (el SII, entre otros) deben converger con el estándar europeo.
La confusión más común es creer que VeriFactu es «la factura electrónica». No lo es: VeriFactu regula cómo se comporta tu programa al generar cada factura (y puedes cumplirlo emitiendo facturas en papel), mientras que la factura electrónica B2B regula el formato y el intercambio del documento. Son obligaciones distintas, con reglamentos, plazos y objetos distintos, y son acumulativas.
En qué se distingue cada obligación. Ninguna sustituye a las otras: se acumulan.
Obliga a que tu sistema de facturación genere un registro con huella y encadenamiento inalterable de cada factura. No homologa programas: exige una declaración responsable del productor del sistema. Si te instalaste Eneboo por tu cuenta, ese productor eres tú. Es la única de estas normas con fecha firme (2027) y la que responde a la pregunta de marca «¿Eneboo está certificado?». Explicación completa, con las citas del BOE.
Obligará a emitir y recibir facturas electrónicas estructuradas entre empresas y profesionales con sede en España (el B2C queda fuera). El reglamento —Real Decreto 238/2026, en vigor desde el 20 de abril de 2026— exige además comunicar los estados de la factura y remitir una copia en formato UBL al repositorio de la Agencia Tributaria, aunque uses una plataforma privada. Falta la orden ministerial que fija el arranque, así que no hay fecha exigible todavía.
Es el marco de la UE. Desde abril de 2025 permite a España imponer la factura electrónica sin pedir permiso a Bruselas (por eso se desbloqueó el reglamento español). Su hito propio llega en 2030, con el reporte digital de las operaciones intracomunitarias, y en 2035 los sistemas nacionales como el SII deberán converger con el estándar europeo.
El sistema foral de facturación firmada y encadenada, ya implantado al completo en Álava, Bizkaia y Gipuzkoa. BATUZ, solo en Bizkaia, añade el libro registro LROE. No es factura electrónica ni sustituye a VeriFactu: una empresa con actividad en territorio común y foral puede tener que cumplir ambos en el mismo ERP.
El suministro inmediato de los libros de IVA a la AEAT, sin cambios estructurales. Quien está en el SII queda excluido de VeriFactu, pero no de la factura electrónica B2B: no gana una exención, acumula la nueva obligación.
¿Necesitas implantarlo, no solo entenderlo?
Esta página explica qué te obliga. Para ponerlo en marcha sobre Eneboo —adaptar el ERP, emitir en el formato correcto, conectar con la AEAT— están las empresas partner, y hay una guía de implantación detallada en gestiweb.com.